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Duplicado de Certificado de Licitud de Título y Contenido

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Consideraciones generales

  1. Antes de iniciar cualquier trámite ante la Comisión Calificadora de Publicacionesy Revistas Ilustradas, deberá acudir a la Dirección General de Reservas del Instituto Nacional del Derecho de Autor, ubicado en la calle de Puebla No. 143, Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06700, México, D. F. Tels. 3601-8210 y 3601-8216, del interior de la República 01800-2283400, página de Internet www.indautor.sep.gob.mx, en donde se deberá solicitar la expedición de un certificado de reserva de derechos al uso exclusivo del título, sin el cual no podrá darse inicio al trámite de calificación, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 13 del Reglamento sobre Publicaciones y Revistas Ilustradas.
     
  2. Para iniciar el procedimiento de calificación de cualquier medio impreso que tenga periodicidad, deberá presentar en las oficinas de la Secretaria Técnica de la Comisión Calificadora la solicitud correspondiente por duplicado, adjuntando los documentos que se detallan más adelante.
     
  3. Toda información adicional puede solicitarse:
    • Al teléfono 52 09 88 00 ext. 36936 y 36938
    • En la sección de contacto de ésta página de internet, ó
    • Directamente en las oficinas de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas,
      ubicadas en Londres 102 Piso 3 1/2, Col.Juárez, Cuauhtémoc, Ciudad de México.

HORARIO:

  • Oficialía de partes de 9:00 horas a 17:00 horas
  • Informes y seguimiento de 9:00 horas a 17:00 horas

 


 

DOCUMENTOS QUE SE DEBERÁN ANEXAR PARA SOLICITAR DUPLICADO DE CERTIFICADO DE LICITUD DE TÍTULO Y CONTENIDO

  1. Solicitud original y copia, si requiere acuse de recibo, firmada por la persona responsable de la publicación o acreditada por la misma.
     
  2. Copia del certificado de reserva de derechos al uso exclusivo del título o renovación vigente, expedido por el Instituto Nacional de Derechos de Autor.
     
  3. En caso de que se otorgue representación legal (solamente en caso de no estar acreditado previamente en el expediente):
    1. Poder notarial, escrito de autorización o carta poder (certificada ante fedatario público o ratificada ante este órgano).
    2. Copia de identificación oficial de la persona que otorga la representación.
    3. Copia de identificación oficial de la(s) persona(s) que aceptan la representación.
  4. Comprobante(s) de pago de derechos del(os) duplicado(s)  (ver link en www.stccpri.gob.mx → servicios y trámites → costos y forma de pago).

     

NOTA:

  • Si requiere la devolución del original de algún instrumento notarial, deberá adjuntar copias simples del mismo y solicitar por escrito su cotejo y devolución, lo cual es gratuito.
  • Únicamente se acepta como identificación oficial: credencial para votar, pasaporte (vigente), cédula profesional o cartilla militar; cuando se trate de extranjeros, se solicitará la forma migratoria con la que se internó al país, en la cual se especifique la actividad que le esta permitida realizar, la cual debe estar relacionada con la actividad editorial: editor, director, director general, administrador único, etc.; la credencial de inmigrante o bien la matricula consular.

 

Última modificación:
Jun 5, 2019 3:02:38 PM