Expedición de Certificado de Licitud de Título y Contenido


El proceso consta de dos etapas.

  • La primera consiste en verificar la información enviada por la persona usuaria en formato digital para su validación, mediante correo institucional del medio.
  • En caso de ser favorable, en la segunda etapa se solicitará la entrega de la documentación física.

Si la publicación se edita en el interior de la República Mexicana, se puede enviar la documentación vía paquetería certificada.

El trámite deberá ser realizado por la o el representante legal de la publicación, quien enviará la información, vía correo institucional del medio, y de la misma forma se notificará y darán observaciones de la información presentada.

  1. El trámite ingresa, siempre y cuando, se cumpla con todos los requisitos.
  2. Posteriormente, se elabora un Acuerdo Administrativo en el que se establece que el cumplimiento de todos los requisitos para dar inicio al trámite.
  3. El área de Dictaminación asigna una clasificación, luego de verificar que el contenido no viole las disposiciones del Reglamento de Publicaciones y Revistas Ilustradas y la normatividad aplicable; posteriormente, se recomienda al Pleno de la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas aprobar la solicitud y declarar lícitos el título y el contenido de la publicación.
  4. Finalmente, la Comisión Calificadora expide el Certificado de Licitud de Título y Contenido.

 

Requisitos:

  1. Solicitud, original y copia si requiere acuse de recibo, firmada por la persona responsable de la publicación o acreditada por la misma [titular de los derechos de la publicación, editora o editor responsable, en su caso, representante, apoderada o apoderado, o persona autorizada para realizar el trámite. Si existen varias personas titulares, editoras o editores responsables, nombrarán a una o un representante común].
  2. Copia simple del Certificado de Reserva de Derechos al uso Exclusivo del Título o renovación vigente, expedido por el Instituto Nacional de Derechos de Autor.
  3. Documentos que acrediten la personalidad de la o el titular de los derechos del medio impreso.
  • Copia simple del Acta Constitutiva (cuando se trate de personal moral).
  • Copia simple de la identificación oficial (en el caso de persona física).
  1. Copia simple de identificación de la o el editor responsable, quien deberá ser persona física y radicar en territorio nacional.
  2. En caso de que otorgue representación:
    • Copia simple de poder notarial, original de escrito de autorización u original de carta poder ratificada ante fedatario público o ante este órgano.
    • Copia de identificación oficial de la persona que otorga la representación.
    • Copia de identificación oficial de la o las personas que aceptan la representación.
  3. Comprobantes de pago de derechos del trámite solicitado. En caso de requerir acuse, presentar también copias simples de los pagos.
  4. Traducción fidedigna y verídica, en caso de que la publicación se edite en idioma distinto al español.
  5. Cinco ejemplares del último número publicado.
  6. En caso de no cubrir los datos requeridos en el “Directorio” de la publicación [título de la publicación, fecha de impresión y periodicidad, nombre completo de la o el editor responsable, número del Certificado de Reserva de Derechos al Uso Exclusivo del Título que expide el Instituto Nacional del Derecho de Autor, número del o los Certificados de Licitud de Título y Contenido (en trámite), domicilio de la publicación, nombre y domicilio de la imprenta y nombre y domicilio del distribuidor, carta compromiso en la que se especifique a partir de qué edición su publicación incluirá estos datos completos.

Listado de formatos de solicitud y pago

 

Importante

Todos los trámites que realiza la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas son gratuitos, no utiliza intermediarios, no hace recomendaciones de empresas ni atiende de manera externa.